En el final del litigio judicial entre Félix Machín y Radio Aventura S.21, se refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho al honor en contextos de contienda política
Tras desestimarse la demanda interpuesta por el empresario teldense, Félix Machín, contra Carmelo Martín y Radio Aventura S.21, en la sentencia firmada por la magistrada Maria Belén Pérez Salido, leemos que “los juegos de palabras con el apellido del demandante con la de un conocido, respetado y aclamado cantante de boleros (Antonio Machín), sólo suponen la constatación de una evidente coincidencia; mientras que las referencias a sus condiciones físicas, concretamente a que tenga el cuello corto no son en sí mismas ultrajantes o vejatorias”.
Decir de una persona que “es un empresario que campa a sus anchas en Telde”, o imputarle estar implicado en un “escándalo relacionado con la defensa del patrimonio de Telde, que utiliza el palacio de la cultura como almacén; utilización indebida del suelo público de Telde, y que está relacionado con la ciudad de los negocios sin licencia”, que es el señor de los boleros, el señor que no tiene cuello…, es objetivamente un ataque al honor, pero desde un punto de vista subjetivo, la determinación no es tan clara y tajante, sino que procede efectuar un juicio ponderado de las circunstancias concurrentes en el caso en relación con el contexto social en que sucedieron los hechos.
Así, la difusión de una valoración periodística de hechos que afectan al urbanismo de Telde o a la concesión o no de licencias administrativas que afectan a la legítima actividad comercial que realiza el demandante (Félix Machín), se hace desde un marco de crítica política.
Al ser desestimada íntegramente la demanda, las costas serán abonadas por la parte demandante.
Etiquetas
Etiquetas: Carmelo Martín, Félix Machín, Radio Aventura S.21
F.RAventura
No hay comentarios:
Publicar un comentario