martes, 3 de enero de 2012

COPE en 837 y 90.1 DAB

El Juzgado de 1ª Instancia número 8 de Madrid, en el incidente sobre medidas cautelares instadas por Radio Popular, S.A, Cadena de Ondas Populares Españolas, contra la Liga Nacional de Fútbol Profesional ha dictado auto de fecha 29.12.201, en el cual, a pesar de denegar la adopción de la medida consistente en el levantamiento de la prohibición de acceder a los campos de fútbol de Primera y Segunda División, se afirma de forma contundente que, en efecto, existe para este medio de comunicación una apariencia de buen derecho al quedar acreditado indiciariamente el fundamento de la situación jurídica objeto de tutela judicial, que no es otro que el derecho a la información deportiva traducida en el acceso a los campos de fútbol. Por lo tanto, el pleito principal que continúa su tramitación, tiene bastantes visos de prosperar. La negativa de la adopción de las medidas cautelares se basa exclusivamente en que Radio Popular, S.A., sigue retransmitiendo los encuentros de fútbol por otros medios, lo que para el titular del Juzgado implica que no se han producido daños efectivos.

También resulta resaltable la afirmación vertida por los letrados de la Liga que aseguran que los culpables de la prohibición de acceso a los campos son los propios Clubes de Fútbol, afirmando que la Liga Nacional de Fútbol Profesional no está impidiendo dicho acceso. En efecto, en la vista judicial de las medidas cautelares, consta la alegación de los abogados de la Liga que afirman su falta de legitimación pasiva para soportar el procedimiento instado por Radio Popular, S.A y que deben ser los propios clubes de fútbol, propietarios de los estadios, los que deben sufrir los procedimientos judiciales que se insten al efecto.

F.COPE

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