El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de hoy, 8 de
junio, ha publicado lo siguiente:
*Orden de 10 de
mayo 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la
Sentencia núm. 1760/2014, de 23 de junio de 2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 912/2009, interpuesto por la entidad mercantil «Técnicas Visuales de
Carmona, S.L.»
NOTA: La concesión anulada es la de Dos Hermanas (Sevilla)
*Orden de 10 de
mayo de 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de
la Sentencia núm. 2691/2014, de 20 de octubre, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 1665/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Telelínea Local, S.A.».
NOTA: Las concesiones anuladas son las de Olvera (Cádiz), Baena (Córdoba), Hinojosa del Duque (Córdoba), Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), Pozoblanco (Córdoba) y Montoro (Córdoba)
*Orden de 18 de
mayo 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la
Sentencia núm. 2479/2014, de fecha 29 de septiembre de 2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 1619/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Empresa de Comunicaciones
El Salón, S.L.».
NOTA: La concesión anulada es la de Écija (Sevilla).
*Orden de 18 de
mayo 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la
Sentencia núm. 2478/2014, de 29 de septiembre, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 949/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Onda Tropical, S.A.».
NOTA: La concesión anulada es la de Almuñécar
(Granada)
*Orden
de 18 de mayo 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo
de la sentencia núm. 2666/2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 776/2009, interpuesto por la entidad mercantil «Chiclana Servicios
Laborales, S.L.U.».
NOTA: La concesión anulada es la de Chiclana de la
Frontera (Córdoba)
F.Carlos
Iglesia Puig
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