*Acuerdo de 4 de octubre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se otorga la concesión administrativa para la explotación de la emisora de radiodifusión sonora con modulación de frecuencia de carácter municipal en la localidad de Baza (Granada) al Ayuntamiento de dicha localidad.
NOTA: La frecuencia reservada para esta concesión es 107.1 MHz.
*Orden de 26 de octubre de 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la sentencia núm. 1870/2014, de 30 de junio de 2014, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 1104/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Procono, S.A.»
NOTA: La sentencia anula el Acuerdo de 29 de julio de 2008, en cuanto a la adjudicación de las concesiones para la explotación de programas digitales del servicio de televisión digital terrestre en el ámbito demarcacional local de Córdoba (TLO2CO Córdoba)
*Resolución de 9 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento ordinario núm. 937/2016, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
*Resolución de 9 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento ordinario núm. 999/2016, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
NOTA: Estas dos últimas disposiciones tienen origen al procedimiento ordinario iniciado contra el origen en los recursos contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil «Logondi Comunicación, S.L.» y la entidad mercantil «Teleclub Ubetense, S.L.», contra Acuerdo de 2 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía, y se aprueba el Pliego de Bases que ha de regir el mismo (BOJA núm. 152, de 9 de agosto de 2016.
F.Carlos Iglesia Puig
*Orden de 26 de octubre de 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la sentencia núm. 1870/2014, de 30 de junio de 2014, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 1104/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Procono, S.A.»
NOTA: La sentencia anula el Acuerdo de 29 de julio de 2008, en cuanto a la adjudicación de las concesiones para la explotación de programas digitales del servicio de televisión digital terrestre en el ámbito demarcacional local de Córdoba (TLO2CO Córdoba)
*Resolución de 9 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento ordinario núm. 937/2016, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
*Resolución de 9 de noviembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento ordinario núm. 999/2016, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
NOTA: Estas dos últimas disposiciones tienen origen al procedimiento ordinario iniciado contra el origen en los recursos contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil «Logondi Comunicación, S.L.» y la entidad mercantil «Teleclub Ubetense, S.L.», contra Acuerdo de 2 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial de ámbito local en Andalucía, y se aprueba el Pliego de Bases que ha de regir el mismo (BOJA núm. 152, de 9 de agosto de 2016.
F.Carlos Iglesia Puig
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