El Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía de hoy, 18 de julio, publica lo siguiente:
*Orden de 5 de
julio 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la
Sentencia núm. 2338/2014, de 15 de septiembre de 2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso administrativo
núm. 629/2009 interpuesto por la entidad mercantil «Televisión Popular de
Sevilla, S.L.».
NOTA:
Las concesiones anuladas son las de las demarcaciones TL07SE Sevilla y TL09SE Sevilla.
*Orden de 5 de
julio 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de la
sentencia núm. 1659/2014, de 9 de junio de 2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm.
812/2009.
NOTA: La concesión anulada es la de la demarcación de Chiclana de la
Frontera,
*Orden de 5 de
julio de 2016, por la que se dispone el cumplimiento y publicación del fallo de
la sentencia núm. 2166/2014, de 28 de julio de 2014, dictada por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía con sede en Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo
núm. 814/2009.
NOTA: La concesión anulada es la de la demarcación de Estepa
(Sevilla)
*Corrección
de errores de la Orden de 6 de junio 2016, por la que se dispone el
cumplimiento y publicación del fallo de la Sentencia núm. 2169/2014, de 28 de
julio, dictada por la
Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, recaída en
el recurso contencioso-administrativo núm. 376/2009 interpuesto por la entidad
mercantil «Estival Televisión, S.L.» (BOJA núm. 117, de 21.6.2016).
F.Carlos Iglesia Puig
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