Ante esta pretensión por parte de la LFP las Cadenas de Radio públicas y privadas arriba mencionadas desean expresar su unánime y completo rechazo a esta pretensión por las siguientes razones:
1.- En la retransmisión radiofónica, a diferencia de en la televisiva, el espectáculo que tiene lugar en el campo no se sirve a los oyentes a través de las imágenes de lo que está ocurriendo, sino que en la radio es la versión subjetiva y personal del profesional de la información radiofónica la que reciben los oyentes, siendo este trabajo profesional la clave de la retransmisión, al no proporcionarse las imágenes del partido. Esta realidad se confirma cada semana por el hecho de muchos espectadores en los campos y en sus domicilios escuchando a través de los receptores la versión periodística proporcionada por la radio, así como por el hecho de que los aficionados pueden dejar de asistir a un partido si este se televisa pero no si este se retransmite solamente por la radio, por lo que los dos elementos demuestran tanto la clave estrictamente periodística del quehacer radiofónico como la falta de perjuicio alguno potencialmente causado a los clubes propietarios de los campos.
La radio está así mucho más cercana a la prensa escrita, cubierta asimismo por el derecho a la información, que a la televisión.
2.-En relación con el beneficio económico que, en su caso, las radios obtengan por los ingresos publicitarios derivados de los programas deportivos, ya que la información y las retransmisiones en los campos generan también importantes gastos, entendemos también que esos posibles ingresos se ven compensados por la aportación diaria que las radios hacen a la animación del espectáculo futbolístico en todos sus programas, tanto específicamente deportivos como informativos en general, de manera sugestiva, marcada y vigorosa ,y que se traduce en el fomento de la asistencia a los campos, en beneficio de los clubes de fútbol, por lo que entendemos que se produce de hecho una aportación mutua de carácter beneficioso para ambas partes.
Por otra parte esta pretensión de
3.- Las radios consideran que el quehacer radiofónico está así cubierto por el derecho a la información de los ciudadanos, consagrado en el art.20 de nuestra Constitución, mientras que el art.19 de
4.- Ante estas razones y evidencias las emisoras públicas y privadas rechazan firmemente la pretensión de
Asociación Española de Radiodifusión Comercial, Secretario General.
PRISA RADIO. Consejero Delegado: Javier Pons.
UNIPREX -ONDA CERO RADIO. Presidente: Javier Gonzalez Ferrari.
CADENA COPE. Consejero Delegado:
PUNTO RADIO. Director General: José Luis Pastor.
RADIO MARCA. Director Gerente: Jesús García.
RADIO NACIONAL DE ESPAÑA. Director General: Benigno Moreno
FEDERACION DE ORGANISMOS DE RADIO Y TELEVISION AUTONOMICOS: Secretario General: Enrique Laucirica
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